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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234009
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Segunda Parte; Pág. 64
SALUD, DELITO CONTRA LA . MANDAMIENTO ESCRITO Y AUTORIDAD COMPETENTE EN EL PROCEDIMIENTO INSTAURADO EN UN DELITO CONTRA LA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Segunda Parte; Pág. 64
La sentencia definitiva emitida en el toca de la apelación derivada del proceso penal de primera instancia y el Magistrado Unitario de Circuito que la emitió, respectivamente constituyen el mandamiento escrito y la autoridad competente que como requisito exige el artículo 16 de la Ley Fundamental para emitir un acto de molestia, que en el caso lo es la privación de la libertad del quejoso que fue condenado a tal pena en su carácter de responsable en la comisión de un delito contra la salud.
Precedentes
Amparo directo 870/87. J. Jesús Quijas Ramírez. 9 de septiembre de 1987. Cinco votos. Ponente: Victoria Adato Green de Ibarra. Secretario: Luis Pérez de la Fuente.
Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "SALUD. MANDAMIENTO ESCRITO DE AUTORIDAD COMPETENTE EN EL PROCEDIMIENTO INSTAURADO EN UN DELITO CONTRA LA.".