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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
234012
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Segunda Parte; Pág. 66

SALUD, DELITO CONTRA LA . POSESION JUSTIFICADA POR EL CUMPLIMIENTO DE UN DEBER.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Segunda Parte; Pág. 66

Precedentes

Amparo directo 7118/86. Gerónimo Tristán Cázares. 10 de agosto de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Francisco Pavón Vasconcelos. Secretario: Juan Wilfrido Gutiérrez Cruz. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "DELITO CONTRA LA SALUD, INEXISTENCIA DEL. POSESION DE ESTUPEFACIENTE JUSTIFICADA POR EL CUMPLIMIENTO DE UN DEBER.".
Registro digital (IUS): 234012