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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234015
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Segunda Parte; Pág. 68
SALUD, DELITO CONTRA LA. SIEMBRA DE MARIHUANA. TIPO PRIVILEGIADO INAPLICABLE. DEL ARTICULO 195 DEL CODIGO PENAL FEDERAL.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Segunda Parte; Pág. 68
Si al rendir su declaración preparatoria, el acusado se retracta y alega que la siembra del vegetal la llevó a cabo con el financiamiento de un tercero, pretendiendo con ello ajustar su conducta en el tipo privilegiado a que se refiere el artículo 195 del Código Penal Federal, pero no demuestra la existencia del hipotético sujeto, la retractación es ineficaz.
Precedentes
Amparo directo 1416/87. Crescencio Camacho García. 19 de octubre de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Victoria Adato Green de Ibarra. Secretario: Luis Pérez de la Fuente.
Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "SALUD. TIPO PRIVILEGIADO DEL ARTICULO 195 DEL CODIGO PENAL FEDERAL. INCOMPROBACION DE LA EXISTENCIA DEL TERCERO FINANCIADOR.".