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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
234031
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Segunda Parte; Pág. 11

BENEFICENCIA, INSTITUCIONES DE. COMPETENCIA DEL FUERO COMUN TRATANDOSE DE DELITOS EN SU PERJUICIO.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Segunda Parte; Pág. 11

Precedentes

Amparo directo 2727/86. Gonzalo Jesús Lozano Anguiano. 10 de septiembre de 1986. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón. Secretario: Julio César Vázquez Mellado G. Séptima Epoca: Informe 1986. Competencia 270/85. Suscitada entre los Jueces Décimo Noveno Penal del Distrito Federal y Primero de Distrito en Materia Penal en el Distrito Federal. 19 de febrero de 1986. Cinco votos. Ponente: Francisco Pavón Vasconcelos. Secretario: Tomás Hernández Franco. Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "BENEFICENCIA, INSTITUCION DE. SE SURTE LA COMPETENCIA DEL FUERO COMUN TRATANDOSE DE ABUSO DE CONFIANZA, SI EL PASIVO ES UNA.".
Registro digital (IUS): 234031