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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
234050
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Segunda Parte; Pág. 29

PARRICIDIO, DOLO ESPECIFICO NECESARIO PARA LA INTEGRACION DEL. CASO DE ERROR EN EL GOLPE.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Segunda Parte; Pág. 29

Precedentes

Amparo directo 7410/85. Felipe Soria Mondragón. 3 de marzo de 1986. Cinco votos. Ponente: Luis Fernández Doblado. Secretaria: María Edith Ramírez de Vidal. Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "PARRICIDIO, NECESARIA CONCURRENCIA DE UN DOLO ESPECIFICO EN EL.".
Registro digital (IUS): 234050