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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
234076
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Segunda Parte; Pág. 48

VIOLACION, PLURAL INTERVENCION DE SUJETOS EN LA COMISION DEL DELITO DE. FUNCIONA SOLAMENTE COMO UNA CIRCUNSTANCIA AGRAVANTE.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Segunda Parte; Pág. 48

Precedentes

Amparo directo 7958/85. Mario González Gómez. 19 de mayo de 1986. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Francisco Pavón Vasconcelos. Secretario: Guillermo Martínez Martínez. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 300, página 662, bajo el rubro "VIOLACION, EXISTENCIA DEL DELITO DE.". Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "VIOLACION, DELITO DE. LA PLURAL INTERVENCION DE SUJETOS EN SU COMISION Y FUNCIONA SOLAMENTE COMO CIRCUNSTANCIA AGRAVANTE.".
Registro digital (IUS): 234076