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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234088
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 199-204, Segunda Parte; Pág. 39
FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, VALIDEZ APARENTE COMO ELEMENTO DEL DELITO DE.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 199-204, Segunda Parte; Pág. 39
Si el documento objeto de ilícito atribuye al autor una calidad que no posee, pero adolece de firma ya auténtica o falsa de alguien que con el cargo requerido supuestamente lo expida; carece de sello impreso que lo avale a fin de que aparente validez, y además difiere en todas y cada una de sus características a las auténticas, resulta indudable que el tipo previsto en el artículo 244, fracción V, del Código Penal Federal no queda integrado por falta de validez en el acto falsario, elemento necesario para la legal existencia del ilícito.
Precedentes
Amparo directo 2612/85. Jorge García López. 7 de noviembre de 1985. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón. Secretario: Miguel Olea Rodríguez.
Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, DELITO DE, CUANDO NO SE CONFIGURA.".