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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234118
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Segunda Parte; Pág. 19
DESPOJO DE AGUAS, COMPETENCIA DEL FUERO COMUN EN EL DELITO DE.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Segunda Parte; Pág. 19
Aunque se demuestre que las aguas de que se dice despojado el ofendido, estén sujetas a concesión federal, pero si el hecho sólo afecta el derecho que sobre las mismas diga tener aquél, y si bien es cierto que conforme al artículo 27 constitucional, el dominio de las aguas originariamente corresponde a la Nación, el propio precepto fundamental autoriza la transmisión de aquéllas a los particulares y si hay evidencia que dicho ofendido es un particular, es obvio que la competencia se surte en favor del fuero común.
Precedentes
Competencia 68/84. Suscitada entre los Jueces de Distrito en el Estado de Zacatecas y de Primera Instancia y de lo Familiar del Distrito Judicial de Juchipila, de la misma entidad federativa. 27 de marzo de 1985. Cinco votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón.