Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/234124
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
234124
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Segunda Parte; Pág. 24

ERROR DE PROHIBICION DIRECTO. INAPLICABILIDAD DEL ARTICULO 59 BIS DEL CODIGO PENAL (DELITO CONTRA LA SALUD).

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Segunda Parte; Pág. 24

Precedentes

Amparo directo 227/85. Jesús Díaz Ruiz y otro. 12 de junio de 1985. Cinco votos. Ponente: Luis Fernández Doblado. Secretario: Alfredo Murguía Cámara. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "ERROR DE PROHIBICION DIRECTO. DELITO CONTRA LA SALUD.".
Registro digital (IUS): 234124