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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234136
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Segunda Parte; Pág. 34
RESPONSABILIDAD CORRESPECTIVA Y CALIFICATIVA DE PANDILLA, INCOMPATIBILIDAD DE.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Segunda Parte; Pág. 34
Al estimarse que en el caso concreto los hechos no encuadran en la figura legal del homicidio simple intencional, sino en el dispositivo de la responsabilidad correspectiva, la consecuencia lógica es que debe suprimirse la agravante de pandilla, pues resultaría incongruente que un tipo básico, como lo es el del homicidio, se considere atenuado (por la responsabilidad correspectiva) y a la vez agravado (por la pandilla), o dicho en otros términos, no pueden ocurrir simultáneamente agravantes y atenuantes.
Precedentes
Amparo directo 1444/84. Librado Avalos Jiménez. 21 de enero de 1985. Cinco votos. Ponente: Francisco Pavón Vasconcelos. Secretario: Tomás Hernández Franco.