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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234138
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Segunda Parte; Pág. 36
SALUD, DELITO CONTRA LA. POSESION. NO SIEMPRE ES ABSORBIDA POR LAS MODALIDADES DE SIEMBRA, CULTIVO Y COSECHA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Segunda Parte; Pág. 36
Las modalidades de siembra, cultivo y cosecha de marihuana no en todos los casos absorben a la de posesión, pues ese criterio sólo es aplicable en la hipótesis de que la posesión atribuida se haga consistir en la actividad comprendida por las tres primeras modalidades citadas, pero no cuando la tenencia del estupefaciente, bajo el radio de disponibilidad, tenga autonomía, en razón de haberse realizado con anterioridad o con posterioridad a cuando se consumaron las referidas modalidades.
Precedentes
Amparo directo 10060/84. Pascual Perfecto Gutiérrez. 14 de junio de 1985. Cinco votos. Ponente: Francisco Pavón Vasconcelos. Secretario: Tomás Hernández Franco.
Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "POSESION Y NO SIEMBRA, CULTIVO Y COSECHA DE MARIHUANA. CASO EN QUE NO SE PRODUCE LA ABSORCION.".