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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234147
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Segunda Parte; Pág. 53
USURPACION DE FUNCIONES PUBLICAS. COMPETENCIA FEDERAL NO CONFIGURADA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Segunda Parte; Pág. 53
Si a los inculpados se les atribuye el delito de usurpación de funciones públicas por ostentarse como agentes de la Policía Judicial Federal sin serlo, tal hecho no encuadra en el inciso f), fracción I, del artículo 41 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, pues precisamente la calidad de funcionario o empleado federal, poseyendo tal investidura, y en el desempeño de la función respectiva, es la establecida por el legislador para considerar esas hipótesis dentro de la esfera de competencia del fuero federal, que no concurre en el caso.
Precedentes
Competencia 119/85. Suscitada entre el Juez Segundo de Distrito en el Estado de Sinaloa y la Primera Sala del Supremo Tribunal de Justicia de la misma entidad. 26 de junio de 1985. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Fernández Doblado.