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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
234164
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 187-192, Segunda Parte; Pág. 21

CAREOS, OMISION DE LOS, NO ES VIOLATORIA DE GARANTIAS.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 187-192, Segunda Parte; Pág. 21

Precedentes

Amparo directo 9999/83. Constantino Ramírez Uribe. 24 de septiembre de 1984. Cinco votos. Ponente: Francisco Pavón Vasconcelos. Secretario: Luis Fernández Aguilar. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 50 y sus relacionadas, página 118. Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "CAREOS. CUANDO SU OMISION NO ES VIOLATORIA DE GARANTIAS.".
Registro digital (IUS): 234164