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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234192
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 187-192, Segunda Parte; Pág. 67
SALUD, DELITO CONTRA LA. MODALIDADES DIVERSAS Y CONCURSO DE AGENTES EN SU COMISION.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 187-192, Segunda Parte; Pág. 67
Si a uno de los autores del ilícito se le estimó responsable bajo la variante de tráfico, no impide que a otro agente se le estime culpable en la modalidad de venta, si quedó acreditado que el segundo sólo intervino en forma activa en una de esas operaciones, en tanto que su coacusado confesó dedicarse a la compraventa de ese enervante en diversas ocasiones. La diferencia entre la venta y el tráfico, es clara, ya que la primera constituye una acción aislada, en tanto que la segunda precisa de conductas reiteradas. El delito contra la salud es un tipo único y puede cometerse en una o varias formas, catalogadas por el Código Penal Federal como modalidades. Cuando hay pluralidad de agentes, cada uno responde conforme a su particular participación, sin que sea menester que todos los activos, para ser responsables, incurran en una sola modalidad.
Precedentes
Amparo directo 4352/83. José Luis Becerra Mariscal. 9 de octubre de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón. Secretario: Miguel Olea Rodríguez.
Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "DELITO CONTRA LA SALUD. DIVERSIDAD DE MODALIDADES Y CONCURSO DE AGENTES EN SU COMISION.".