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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234202
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 187-192, Segunda Parte; Pág. 73
TESTIGOS DE ASISTENCIA, CAREOS NO OBLIGATORIOS TRATANDOSE DE.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 187-192, Segunda Parte; Pág. 73
La circunstancia de que los testigos de asistencia que intervienen en la averiguación previa no conozcan por sí mismos los hechos a que ésta se refiere, resulta irrelevante, puesto que la función de tales testigos se limita a autentificar con sus firmas las actuaciones en que éstas aparecen y, por lo mismo, no existe ninguna obligación legal de practicar careos de dichos testigos con el inculpado.
Precedentes
Amparo directo 9810/83. José Mauro Cortés Torres. 24 de agosto de 1984. Cinco votos. Ponente: Carlos de Silva Nava.