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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
234256
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Segunda Parte; Pág. 89

RECLASIFICACION DEL DELITO INDEBIDA.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Segunda Parte; Pág. 89

Precedentes

Competencia 166/83. Suscitada entre los Jueces Primero de Distrito en el Estado de Chiapas y Primero del ramo Penal del Distrito Judicial de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. 4 de enero de 1984. Cinco votos. Ponente: Luis Fernández Doblado. Secretaria: María Edith Ramírez de Vidal. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 84, página 193, bajo el rubro "CHEQUES SIN FONDOS, FRAUDE COMETIDO MEDIANTE LA EXPEDICION DE. COMPETENCIA.".
Registro digital (IUS): 234256