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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
234276
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Segunda Parte; Pág. 13

ARMAS PROHIBIDAS, PORTACION DE. VEHICULOS.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Segunda Parte; Pág. 13

Precedentes

Amparo directo 2956/83. Hugo Luis García Madrid. 29 de septiembre de 1983. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F. Séptima Epoca, Segunda Parte: Volúmenes 169-174, página 21. Amparo directo 6712/82. Emilio Equihua Zamora. 20 de enero de 1983. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Volúmenes 139-144, página 11. Amparo directo 2638/80. Marcos Rodríguez Zavala. 25 de agosto de 1980. Cinco votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón. Volúmenes 115-120, página 35. Amparo directo 2283/78. Enrique López Gaxiola. 8 de septiembre de 1978. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F. Nota: En los Volúmenes 139-144, página 11, la tesis aparece bajo el rubro "ARMAS, PORTACION DE, EN EL AUTOMOVIL.". En los Volúmenes 115-120, página 35, la tesis aparece bajo el rubro "ARMAS PORTACION DE, DE USO EXCLUSIVO DEL EJERCITO, ARMADA Y FUERZA AREA.".
Registro digital (IUS): 234276