Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/234287
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234287
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Segunda Parte; Pág. 29
CONFESION COACCIONADA, INEFICACIA DE LA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Segunda Parte; Pág. 29
Si la inculpada fue detenida arbitrariamente por elementos de la Policía Judicial Federal, llevada de una entidad federativa a otra, donde quedó detenida e incomunicada, pues ni sus familiares cercanos supieron a donde fue trasladada, y rindió su declaración inicial ante la Policía Judicial Federal y ante el Ministerio Público del mismo fuero, siendo puesta a disposición de un Juez del fuero común de la entidad a donde se le llevó, no obstante que los delitos de violación y homicidio que se le imputaban se cometieron en donde se le detuvo, tal irregular procedimiento revela que su confesión fue emitida bajo coacción moral, circunstancia que le impidió declarar con plena libertad y por tanto dicha confesión carece de valor de prueba plena que le asignó la responsable, para fundar en ella la declaratoria de responsabilidad.
Precedentes
Amparo directo 642/83. Anabel Fernández Flores. 26 de septiembre de 1983. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Fernando Castellanos Tena. Secretaria: Elvia Díaz de León.