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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
234290
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Segunda Parte; Pág. 38

CONYUGE, PENA ATENUADA INOPERANTE EN DELITO CONTRA EL (ARTICULO 280 DEL CODIGO PENAL PARA EL ESTADO DE MICHOACAN).

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Segunda Parte; Pág. 38

Precedentes

Amparo directo 2452/83. Leonardo Rosas Pérez. 3 de agosto de 1983. Cinco votos. Ponente: Luis Fernández Doblado. Secretario: Fernando Hernández Reyes. Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "PENA ATENUADA, INEXISTENCIA DE LA (ARTICULO 280 DEL CODIGO PENAL PARA EL ESTADO DE MICHOACAN).".
Registro digital (IUS): 234290