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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234307
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Segunda Parte; Pág. 85
INSTRUMENTO DEL DELITO, DECOMISO IMPROCEDENTE DE VEHICULOS QUE NO SON.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Segunda Parte; Pág. 85
El instrumento del delito es el objeto con el cual se realiza la conducta captada por el núcleo de la figura delictiva, o que está vinculado inmediatamente con ella, sin que este concepto admita una mayor extensión, a través de una relación o encadenamiento interminables, pues ello conduciría al absurdo de darle esa calidad a objetos que en forma mediata y eventual se utilicen en el curso de una conducta delictiva. Por tanto, el órgano jurisdiccional no debió decretar el decomiso del automóvil del inculpado, si éste, en su calidad de partícipe, lo utilizó para escoltar la transportación de la marihuana afecta al caso, sin que fuera empleado directamente en la realización de la conducta típica de dicha modalidad, ejecutada por el autor en un camión, mismo que sí puede reputarse como instrumento del delito, mas no el vehículo del inculpado.
Precedentes
Amparo directo 7370/82. Fidel Edgardo Gómez Lizárraga. 31 de agosto de 1983. Cinco votos. Ponente: Francisco Pavón Vasconcelos. Secretario: Tomás Hernández Franco.
Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "INSTRUMENTO DEL DELITO.".