Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/234317
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
234317
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Segunda Parte; Pág. 113

PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA, Y ARBITRIO JUDICIAL.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Segunda Parte; Pág. 113

Precedentes

Amparo directo 788/83. Gustavo Trujillo Vázquez. 26 de agosto de 1983. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Fernández Doblado. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 215, página 448, bajo el rubro "PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA. ARBITRIO JUDICIAL.". Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 387, la tesis aparece bajo el rubro "PENA MINIMA NO OBLIGATORIA.".
Registro digital (IUS): 234317