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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
234322
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Segunda Parte; Pág. 119

REPARACION DEL DAÑO, CONDENA INDEBIDA EN SEGUNDA INSTANCIA AL PAGO DE LA.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Segunda Parte; Pág. 119

Precedentes

Amparo directo 2042/82. Miguel Flores Rocha. 7 de noviembre de 1983. Cinco votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón. Secretario: Miguel Olea Rodríguez. Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "REPARACION DEL DAÑO, CONDENA INDEBIDA AL PAGO DE LA.".
Registro digital (IUS): 234322