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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
234334
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Segunda Parte; Pág. 143

SALUD, DELITO CONTRA LA. EXCUSA ABSOLUTORIA NO CONFIGURADA.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Segunda Parte; Pág. 143

Precedentes

Amparo directo 5797/81. Enrique Mc. Gee Chagala o Megui Chagala. 29 de julio de 1983. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis Fernández Doblado. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón. Véanse: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Segunda Parte: Volumen 63, página 39, tesis de rubro "SALUD, DELITO CONTRA LA. EXCLUYENTE NO OPERANTE. CONSUMO DIARIO.". Volumen 70, página 33, tesis de rubro "SALUD, DELITO CONTRA LA. EXCUSA ABSOLUTORIA.". Volumen 74, página 37, tesis de rubro "SALUD, DELITO CONTRA LA. EXCUSA ABSOLUTORIA." y "SALUD, DELITO CONTRA LA. EXCUSA ABSOLUTORIA INOPERANTE. CONSUMIDOR OCASIONAL O ESPORADICO.". Volumen 76, página 53, tesis de rubro "SALUD, DELITO CONTRA LA. EXCUSA ABSOLUTORIA.". Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo II, Primera Parte, tesis 318, página 176, bajo el rubro "SALUD, DELITO CONTRA LA. EXCUSA ABSOLUTORIA NO CONFIGURADA.". Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917- 1975, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 299, página 638, bajo el rubro "SALUD, DELITO CONTRA LA. EXCUSA ABSOLUTORIA.".
Registro digital (IUS): 234334