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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234335
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Segunda Parte; Pág. 144
SALUD, DELITO CONTRA LA. INTRODUCCION ILEGAL DE DROGAS AL MAR TERRITORIAL.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Segunda Parte; Pág. 144
Se configura el delito contra la salud en su modalidad de introducción ilegal de drogas al país, que tipifica la fracción II del artículo 197 del Código Penal Federal, aun cuando los inculpados hayan sido detenidos en aguas internacionales como resultado de que en ellas se haya dado alcance a la embarcación que tripulaba, si con un cargamento de drogas se introdujeron al mar territorial mexicano, aun cuando haya sido momentáneamente, por un error de navegación, y aunque haya sido en tránsito hacia otro país; de donde se está en el caso de desechar por infundado el concepto de violación formulado en el sentido de que los órganos jurisdiccionales mexicanos carezcan de jurisdicción y competencia para aplicar el derecho patrio en tales circunstancias.
Precedentes
Amparo directo 6815/83. Richard Harris Jr. y otro. 13 de noviembre de 1983. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Fernández Doblado.