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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234357
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Segunda Parte; Pág. 47
CUMPLIMIENTO DE UN DEBER. POLICIAS.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Segunda Parte; Pág. 47
Como lo ha sostenido esta Sala, para detener o lograr la captura de quien huye ante la intervención de la autoridad, la ley no autoriza a disparar sobre el fugitivo; por tanto, la conducta de un miembro de la policía que así lo hace, dándole muerte a su víctima, no puede en principio quedar legalmente justificada por la excluyente de cumplimiento de un deber.
Precedentes
Amparo directo 5488/82. Roberto Arechar García. 13 de junio de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Fernández Doblado.
Nota: Reitera tesis de jurisprudencia 95, Apéndice 1917-1975, Segunda Parte del Semanario Judicial de la Federación página 207.