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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234362
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Segunda Parte; Pág. 63
DETENCION PROLONGADA, CONFESION EN CASO DE.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Segunda Parte; Pág. 63
Es cierto que cuando las autoridades investigadoras prolongan la detención de un presunto responsable por más tiempo del permitido por la fracción XVIII, párrafo penúltimo del artículo 107 constitucional, esta Sala ha considerado que las confesiones así obtenidas están viciadas, pero la aplicación de este criterio será procedente únicamente cuando se condene a un sujeto activo con base en su confesión aislada, no así cuando existen otros medios de convicción que la corroboren.
Precedentes
Amparo directo 3209/81. Hernán Espinosa Salazar. 15 de junio de 1983. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
Séptima Epoca, Segunda Parte:
Volúmenes 163-168, página 32. Amparo directo 970/82. José Luis Gómez Bernal. 15 de noviembre de 1982. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Volúmenes 157-162, página 46. Amparo directo 6587/81. Flavio Cornejo Parra. 15 de febrero de 1982. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Volumen 82, página 18. Amparo directo 1825/74. María Cruz Contreras Vieyra. 10 de octubre de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.
Véase Semanario Judicial de la Federación:
Octava Epoca, Tercera Parte, Tomo X, página 349, tesis de rubro "CONFESION VICIADA POR DETENCION PROLONGADA, PERO CORROBORADA POR OTROS MEDIOS DE CONVICCION.".
Séptima Epoca, Segunda Parte:
Volúmenes 151-156, página 50, tesis de rubro "DETENCION SIN ORDENES DE APREHENSION Y DE CATEO. NO NULIFICA LA CONFESION DEL INCULPADO.".
Volúmenes 145-150, página 92, tesis de rubro "DETENCION PROLONGADA, CONFESION EN CASO DE, RATIFICADA ANTE EL JUEZ.".
Volúmenes 121-126, página 76, tesis de rubro "DETENCION PROLONGADA.".
Volumen 82, página 23, tesis de rubro "DETENCION, SIN ORDEN DE APREHENSION.".
Volumen 64, página 22, tesis de rubro "DETENCION, PROLONGACION INDEBIDA DE, NO REPARABLE EN AMPARO.".
Volumen 49, página 17, tesis de rubro "CONFESION, COACCION MORAL EN EL RENDIMIENTO DE LAS. CONSIGNACION MUY POSTERIOR A LA DETENCION.".
Sexta Epoca, Volumen XIX, Segunda Parte, página 98, tesis de rubro "CONFESION. DETENCION ARBITRARIA"
Nota:
En los Volúmenes 163-168, página 32, la tesis aparece bajo el rubro "CONFESION. DETENCION PROLONGADA.".
En los Volúmenes 157-162, página 46, la tesis aparece bajo el rubro "CONFESION COACCIONADA POR DETENCION PROLONGADA, CORROBORADA POR OTRAS PRUEBAS.".
En el Volumen 82, página 18, la tesis aparece bajo el rubro "CONFESION VICIADA POR DETENCION PROLONGADA, PERO CORROBORADA POR OTROS MEDIOS DE CONVICCION.".