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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234373
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Segunda Parte; Pág. 87
MERCANCIA EXTRANJERA, TENENCIA ILEGAL DE, PROCEDENTE DE UNA ZONA LIBRE.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Segunda Parte; Pág. 87
Aun cuando a una zona libre entren mercancías de correcta manera, es decir, conforme a derecho, sin embargo, posteriormente se puede cometer el delito previsto en el artículo 51, fracción II, del Código Fiscal de la Federación, porque para introducir mercancías de la zona libre al resto del país, se requiere cumplir con los requisitos impositivos que la ley prevé y respecto de los cuales se ha eximido en las llamadas zonas libres.
Precedentes
Amparo directo 5877/82. Juan Carballo Gómez. 26 de enero de 1983. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.