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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234378
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Segunda Parte; Pág. 92
PERITOS DE LA PROCURADURIA SOLICITADOS POR EL DEFENSOR, PROCEDENCIA DE LA DESIGNACION DE LOS.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Segunda Parte; Pág. 92
Si tratándose de la posible atenuación de la pena en el delito contra la salud, los peritos que examinaron a los acusados no hicieron mención de la cantidad de droga que requerían para su consumo inmediato, y por tal motivo, el defensor de oficio solicitó del Juez que requiriera dos peritos a la Procuraduría General de la República para obtener esa información, por no poder sufragar los gastos, y sin embargo, el Juez no acordó de conformidad, argumentando que la Procuraduría General de la República era parte en el proceso, tal actitud del juzgador constituye una violación al procedimiento que consigna la fracción VI del artículo 160 de la Ley de Amparo, porque debió recibirse la prueba ofrecida legalmente en atención a lo dispuesto por el artículo 225 del Código Federal de Procedimientos Penales, que autoriza al Juez a designar peritos oficiales en casos en que las condiciones económicas del acusado no le permitan recurrir a los servicios de otro tipo de peritos. No es obstáculo el que los peritos pedidos fueran de la Procuraduría General de la República, porque aun cuando ésta pudiera considerarse como parte en el proceso, de ese carácter no participarían los peritos, a quienes se les harían las prevenciones de conducirse con lealtad y de acuerdo a sus conocimientos técnicos.
Precedentes
Amparo directo 562/83. Rafael Domínguez Jiménez. 6 de mayo de 1983. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón.