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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234383
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Segunda Parte; Pág. 105
ROBO EN CASA HABITACION Y ALLANAMIENTO DE MORADA, CONCURSO INOPERANTE ENTRE LOS DELITOS DE.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Segunda Parte; Pág. 105
El delito de allanamiento de morada no debe entrar en concurso con el de robo, cuando éste se cometa en casa habitación, pues al respecto existe la figura calificada a que se refiere el artículo 357, fracción I, del Código Penal del Estado de Coahuila (artículo 381, fracción I, del Código Penal Federal), por lo que no debe tomarse en consideración el diverso delito de allanamiento de morada, pues resulta evidente que normalmente cuando se perpetrara un robo en una casa habitación, se estaría cometiendo, con la misma conducta ilícita, el distinto delito de allanamiento de morada.
Precedentes
Amparo directo 6084/82. María Balderas Collazo. 30 de junio de 1983. Cinco votos. Ponente: Luis Fernández Doblado. Secretario: Julio César Vázquez Mellado G.