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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
234385
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Segunda Parte; Pág. 107

SALUD, DELITO CONTRA LA, ATENUACION DE LA PENA. CERTIFICADO MEDICO.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Segunda Parte; Pág. 107

Precedentes

Amparo directo 6714/82. Ramón Palacios Villaseñor. 29 de abril de 1983. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Francisco Pavón Vasconcelos. Séptima Epoca, Segunda Parte: Volumen 51, página 30. Amparo directo 5294/72. Lázaro Mejía Flores. 16 de marzo de 1973. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Ezequiel Burguete Farrera. Ponente: Manuel Rivera Silva. Nota: En el Volumen 51, página 30, la tesis aparece bajo el rubro "SALUD DELITO CONTRA LA EXIMENTE DE TOXICOMANIA NO COMPROBADA.".
Registro digital (IUS): 234385