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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234389
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Segunda Parte; Pág. 129
SALUD, DELITO CONTRA LA. IMPORTACION Y POSESION. COEXISTENCIA DE AMBAS MODALIDADES.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Segunda Parte; Pág. 129
Las modalidades de posesión e introducción ilegal de droga al país pueden coexistir, si ambas muestran autonomía e independencia, como en el caso en que se lleve al cabo la introducción en el momento en que el inculpado cruce la línea del territorio nacional, llevando consigo el enervante, y la posesión, cuando continúe su estancia en el país, pretendiendo, posteriormente, introducir la droga a un tercer país.
Precedentes
Amparo directo 6100/82. Juan Iván Díaz Vélez y otros. 30 de junio de 1983. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.