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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234393
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Segunda Parte; Pág. 141
SALUD, DELITO CONTRA LA. TENTATIVA DE EXPORTACION NO INTEGRADA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Segunda Parte; Pág. 141
La tentativa punible constituye un grado en la ejecución del delito, el cual no se consuma por causas ajenas a la voluntad del autor, y si los datos probatorios ponen de relieve que los inculpados pretendían llevar a cabo los actos necesarios para exportar en forma ilegal la marihuana, éstos no pueden considerarse constitutivos de una tentativa, si en ningún momento realizaron actos de ejecución del referido ilícito, sino preparatorios de los mismos. Debe tenerse presente que la sola circunstancia de que los inculpados hubiesen confesado su propósito delictivo en el sentido que reconocieron ante sus captores dedicarse a cruzar marihuana hacia los Estados Unidos de Norteamérica, y que incluso los llevaron hasta el lugar donde ellos habían descargado la mencionada hierba propiedad de un tercero y que éste les ordenó que pasaran al lado americano y que ahí permanecieran escondidos, hasta que él fuera por ellos, pues la droga la cruzarían mas tarde, tales confesiones no son base suficiente para sancionar una tentativa inexistente, pues ello nos llevaría a un subjetivismo absurdo que daría origen a sancionar el puro propósito o la intención sin que ésta se hubiese manifestado en actos ejecutivos del delito.
Precedentes
Amparo directo 4743/82. Leopoldo Barrera García y otros. 13 de junio de 1983. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Fernández Doblado. Secretario: Fernando Hernández Reyes.
Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "DELITO CONTRA LA SALUD EN SU MODALIDAD DE EXPORTACION ILEGAL DE MARIHUANA EN GRADO DE TENTATIVA, INEXISTENCIA DEL.".