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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234415
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Segunda Parte; Pág. 183
SALUD, DELITO CONTRA LA. TRANSPORTACION NO CONFIGURADA.
[J]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Segunda Parte; Pág. 183
No se integra la modalidad de transportación en el delito contra la salud, si aquélla se hace consistir en que se llevó el estupefaciente de un sitio a otro dentro del mismo medio, pues para que dicha modalidad se configure debe haber no solo un simple cambio de lugar; se hace necesario que el movimiento de la droga abarque medios diferentes, independientemente de la distancia recorrida.
Precedentes
Séptima Epoca, Segunda Parte:
Volumen 47, página 45. Amparo directo 771/72. Ignacio Hernán Schwemle Figueroa. 10 de noviembre de 1972. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
Volumen 70, página 34. Amparo directo 2395/74. Alfredo Alejandro Kuri González. 16 de octubre de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
Volumen 72, página 21. Amparo directo 3115/74. Fernando Rueda Rayón. 5 de diciembre de 1974. Cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y A.
Volumen 75, página 44. Amparo directo 5682/74. Julio Macías Prieto. 12 de marzo de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.
Volumen 81, página 31. Amparo directo 4640/74. Arnulfo y David Sánchez Rodríguez y Otro. 8 de septiembre de 1975. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
Volúmenes 169-174, página 148. Amparo directo 8063/81. Manuel Talledos Calvo. 10 de enero de 1983. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.