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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234448
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Segunda Parte; Pág. 61
MERCANCIA EXTRANJERA, TENENCIA ILEGAL DE. OPORTUNIDAD PARA LA PRESENTACION DE LA QUERELLA Y LA DECLARACION DE PERJUICIOS.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Segunda Parte; Pág. 61
Tratándose del delito de tenencia ilegal de mercancía extranjera, aunque aparezca por el sello de la oficina de telégrafos que el pliego en que constan la querella y la declaración de perjuicios, formulados por el Procurador Fiscal de la Federación, tenga la misma fecha en que se ejercitó la acción penal, y se haya presentado ante el juez un día después, ello no implica que se halla seguido el proceso sin la formulación de querella y declaratoria de perjuicios señalados, si para el momento en que el juez instructor decidió sobre la formal prisión o libertad por falta de elementos para procesar al inculpado; la condición de procedibilidad estaba satisfecha.
Precedentes
Amparo directo 7848/81. Enrique Sandoval Pérez. 16 de agosto 1982. Cinco votos. Ponente: Fernando Castellanos Tena.