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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234466
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Segunda Parte; Pág. 89
RIÑA, TERCEROS QUE INTERVIENEN EN LA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Segunda Parte; Pág. 89
No es violatoria de las garantías individuales la sentencia que correctamente considera ejecutadas fuera de riña las lesiones que causó el inculpado al ofendido, si el primero no contendía de obra con el pasivo, sino que éste lo hacía con un tercero, por lo cual es evidente que al no haber existido el intercambio de acciones agresivas mutuas entre activo y pasivo, no se configuró la modificativa mencionada.
Precedentes
Amparo directo 4137/81. Francisco Hernández Flores. 22 de octubre de 1982. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Secretario: Francisco Nieto González.
Séptima Epoca, Segunda Parte:
Volúmenes 103-108, página 110. Amparo directo 1576/77. Narciso Barrios Bustos. 12 de agosto de 1977. Cinco votos. Ponente: Antonio Rocha Cordero.
Volumen 84, página 33. Amparo directo 4213/75. Heriberto Cantú Torres. 4 de diciembre de 1975. Cinco votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.
Volumen 71, página 53. Amparo directo 2051/74. Ignacio Zamora Acosta. 25 de noviembre de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.
Volumen 55, página 52. Amparo directo 4750/72. Gilberto Acuña Bañuelos. 19 de julio de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Sexta Epoca, Segunda Parte:
Volumen CXXXIV, página 48. Amparo directo 1870/68. J. Inés Hernández. 9 de agosto de 1968. Cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y A.
Volumen CXXVII, página 15. Amparo directo 7332/65. Ambrosio Sánchez Yáñez. 11 de enero de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera.
Véanse:
Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volúmenes 133-138, Segunda Parte, página 189, tesis de rubro "RIÑA, TERCERO QUE INTERVIENE EN LA, NO CONTENDIENTE. INEXISTENCIA DE LA MODIFICATIVA.".
Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo II, Primera Parte, tesis 302, página 168, bajo el rubro "RIÑA, TERCEROS QUE INTERVIENEN EN LA.".
Notas:
En los Volúmenes 103-108, página 110, la tesis aparece bajo el rubro "RIÑA. INTERVENCION DE UN TERCERO.".
En el Volumen 84, página 33 y Volumen 71, página 53, la tesis aparece bajo el rubro "RIÑA, HOMICIDIO COMETIDO POR TERCERO NO PARTICIPANTE EN LA.".
En el Volumen CXXXIV, página 48, la tesis aparece bajo el rubro "RIÑA, TERCEROS QUE INTERVIENEN EN EL DELITO, SIN QUE SE CONFIGURE LA.".
En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "RIÑA INEXISTENTE.".