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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234475
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Segunda Parte; Pág. 101
SALUD, DELITO CONTRA LA. NATURALEZA Y VALOR DE LAS SUBSTANCIAS SIGNIFICATIVOS PARA SU EXAMEN.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Segunda Parte; Pág. 101
La fe de la droga hace increíble la versión del inculpado acerca de que fue "cargado" por sus captores y se convierte en un dato significativo de su responsabilidad, cuando por su cantidad o por su índole, tiene un costo demasiado alto como para admitir que los agentes aprehensores se desprendieran de la misma para involucrarlo.
Precedentes
Amparo directo 1721/82. Pedro Mendoza Aguilar. 22 de septiembre de 1982. Cinco votos. Ponente: Santiago Rodríguez Roldán. Secretario: Eliel Enedino Fitta García.
Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "DELITO CONTRA LA SALUD. DROGA. IMPORTANCIA DE SU INDOLE Y VALOR.".