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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
234516
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Segunda Parte; Pág. 101

PANDILLERISMO, HETERONOMIA DE LA CALIFICATIVA DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Segunda Parte; Pág. 101

Precedentes

Amparo directo 5198/81. Rigoberto Hernández Barajas. 29 de enero de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F. Secretario: Salvador Ramos Sosa. Séptima Epoca, Segunda parte: Volúmenes 139-144, página 97. Amparo directo 5454/79. Emeterio Lozano Flores. 11 de agosto de 1980. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 139-144, página 97. Amparo directo 4984/79. Arturo Jiménez Franco. 11 de agosto de 1980. Cinco votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón. Volúmenes 133-138, página 147. Amparo directo 5177/79. Ramón Villencillos Márquez. 27 de marzo de 1980. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 133-138, página 147. Amparo directo 1773/79. Antonio Briseño Nuño. 27 de marzo de 1980. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón. Volúmenes 133-138, página 147. Amparo directo Fernando Jaramillo Carrillo. 27 de marzo de 1980. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón. Volúmenes 115-120, página 55. Competencia 49/78. Suscitada entre el Juez de Primera Instancia de Tequila, Jalisco y el Tercero de Distrito en el mismo Estado. 28 de septiembre de 1978. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Véase Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Segunda Parte: Volúmenes 139-144, página 97, tesis de rubro "PANDILLERISMO, HETERONOMIA DE LA CALIFICATIVA (LEGISLACION DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA NORTE).". Volúmenes 133-138, página 147, tesis de rubro "PANDILLERISMO, HETERONOMIA DE LA CALIFICATIVA DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).". Volumen 86, página 75, tesis de rubro "PANDILLERISMO, HETERONOMIA DEL DELITO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).". Volumen 85, página 55, tesis de rubro "PANDILLERISMO, HETERONOMIA DEL DELITO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).". Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "PANDILLERISMO. CIRCUNSTANCIA AGRAVANTE Y NO DELITO AUTONOMO (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).".
Registro digital (IUS): 234516