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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234544
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Segunda Parte; Pág. 144
TRAICION, PLURALIDAD DE AGRESORES EN CASO DE, CUANDO UNO SOLO PARTICIPA DEL ELEMENTO SUBJETIVO.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Segunda Parte; Pág. 144
Si bien es cierto que para constituir agravante la traición requiere del elemento subjetivo consistente en que se viole la confianza existente entre activo y pasivo, también es verdad que cuando son varios los agresores y uno de ellos es el que tiene lazos de afecto o confianza con la víctima, y los demás aprovechan esa circunstancia para causar el daño, todos se hacen acreedores al incremento de la sanción por la calificativa mencionada.
Precedentes
Amparo directo 761/82. Isidro Bautista Martínez. 14 de junio de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Fernando Castellanos Tena.