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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234546
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Segunda Parte; Pág. 147
VENTAJA COMO FORMA DE COMISION DEL DELITO Y NO COMO CALIFICATIVA PREVISTA EN LA LEY.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Segunda Parte; Pág. 147
Aun cuando la calificativa de ventaja no haya sido invocada por el Ministerio Público, ello no impide que el órgano jurisdiccional la considere como forma de comisión del homicidio simple, al analizar las circunstancias personales y exteriores de ejecución para el efecto de individualizar la pena, pero sin tomarla en cuenta como medio empleado para ejecutar el delito en la forma en que como calificativa está consignada en la ley.
Precedentes
Amparo directo 3754/81. Eugenio Urbina Vélez. 29 de julio de 1982. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Secretario: Fernando Hernández Reyes.