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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234548
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Segunda Parte; Pág. 154
VIOLACION TUMULTUARIA, PANDILLERISMO INCOEXISTENTE CON EL DELITO DE.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Segunda Parte; Pág. 154
No es posible, jurídicamente hablando, admitir la coexistencia del delito de violación tumultuaria que contempla la pluralidad de sujetos, y la circunstancia agravante de pandillerismo, pues, de lo contrario, se estaría sancionando por partida doble una misma conducta; por lo que si la sentencia que condena por violación tumultuaria, considera acreditada la calificativa de pandillerismo, habrá de concederse la protección constitucional para el efecto de que se elimine dicha calificativa.
Precedentes
Amparo directo 6668/81. Fernando Castellón Rodríguez. 12 de mayo de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Secretario: Francisco Nieto González.