Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/234573
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
234573
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Segunda Parte; Pág. 53

EMPLEOS O PLAZAS FEDERALES, OCUPACION DELICTUOSA DE, NO CONSTITUTIVA DE FRAUDE.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Segunda Parte; Pág. 53

Precedentes

Amparo directo 5032/80. Cándido Cano Gutiérrez. 27 de noviembre de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Amparo directo 4622/80. Heriberto Corona Galicia. 27 de noviembre de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva
Registro digital (IUS): 234573