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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234575
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Segunda Parte; Pág. 56
FUERZA FISICA EXTERIOR IRRESISTIBLE, EXCLUYENTE DE RESPONSABILIDAD DE. ELEMENTOS CONSTITUTIVOS (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Segunda Parte; Pág. 56
Para que proceda la excluyente de responsabilidad prevista en la fracción I del artículo 17 del Código Penal del Estado de Chiapas, consistente en obrar bajo el impulso de una fuerza física exterior irresistible, se necesita comprobar la existencia de una fuerza material, no moral, sino violenta de hecho; que la fuerza física sea exterior, es decir, provocada físicamente de fuera del sujeto que la sufre e irresistible para él, al grado de que supere su propia resistencia, incapacitándolo para autodeterminar su conducta y para actuar con autonomía.
Precedentes
Amparo directo 6293/81. Alfonso Guillén Hernández. 25 noviembre de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.