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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234614
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Segunda Parte; Pág. 99
SALUD, DELITO CONTRA LA. TRANSPORTACION. ELEMENTOS.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Segunda Parte; Pág. 99
Para que se actualice la modalidad de transportación del delito contra la salud, es necesario que con la droga se realicen movimientos que impliquen desplazamientos que involucren lugares distintos que constituyen medios diferentes, pues no cualquier cambio de sitio puede jurídicamente estimarse como transportación, debiéndose agregar también que para que la propia modalidad se surta, es pertinente que la transportación tenga una finalidad diversa a la de la simple posesión, circunstancias que no se dan si el estupefaciente no es desplazado del medio rural y únicamente es llevado a cierta distancia del lugar en donde se encontraba, siendo el propósito del traslado el de que la droga continúe bajo el resguardo del inculpado en tanto se presenta la oportunidad de cambiarla de medio, que permita su disposición en el mercado, lo que entonces si implicaría el destino al través de la transportación sancionada por la ley.
Precedentes
Amparo directo 4127/80. Alejandro Román Antúnez. 14 de agosto de 1981. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F. Secretario: Salvador Ramos Sosa.
Nota: En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "SALUD. DELITO CONTRA LA. MODALIDAD DE TRANSPORTACION.".