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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234630
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Segunda Parte; Pág. 34
ASOCIACION DELICTUOSA, INTEGRACION DEL DELITO DE.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Segunda Parte; Pág. 34
El delito de asociación delictuosa se comete por el solo hecho de ser miembro del grupo o banda de tres o mas personas organizadas para delinquir. Aun cuando el director del plantel educativo en donde el grupo se haya formado afirme que el inculpado es una persona aplicada y decente, ello no es óbice para su punición, pues al demostrarse que forma parte del grupo, no se prejuzga de su vida de relación, diversa a la conducta concreta que se analiza.
Precedentes
Amparo directo 623/80. Carlos Rubén Fernández Figueroa. 29 de abril de 1981. Cinco votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón.