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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
234641
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Segunda Parte; Pág. 58

CLASIFICACION DEL DELITO, CAMBIO DE LA, EN LA SENTENCIA.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Segunda Parte; Pág. 58

Precedentes

Amparo directo 4447/80. Víctor Hernández Gil. 7 de abril de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Secretario: Alfonso M. Patiño Vallejo. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Segunda Parte, Primera Sala: Tesis 10, página 31, bajo el rubro "ACUSACION. EL JUEZ NO DEBE REBASARLA.". Tesis 54, página 127, bajo el rubro "CLASIFICACION DEL DELITO, CAMBIO DE LA, EN LA SENTENCIA.". Tesis 108, página 239, bajo el rubro "DELITO, CLASIFICACION DEL.". Tesis 313, página 667, bajo el rubro "SENTENCIAS PENALES.".
Registro digital (IUS): 234641