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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
234681
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Segunda Parte; Pág. 132

ROBO, VIOLENCIA FISICA O MORAL EN EL. CONCLUSIONES DEL MINISTERIO PUBLICO QUE NO DEBEN REBASARSE.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Segunda Parte; Pág. 132

Precedentes

Amparo directo 7238/79. Carlos Muro Pérez. 30 de enero de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo III, mayo de 1996, página 121, tesis por contradicción 1a./J. 9/96, de rubro: "CALIFICATIVAS. SU PRECISIÓN POR EL MINISTERIO PÚBLICO (ROBO)."
Registro digital (IUS): 234681