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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234689
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Segunda Parte; Pág. 153
SALUD, DELITO CONTRA LA. SUMINISTRO. IRRELEVANCIA DE LA CANTIDAD DE DROGA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Segunda Parte; Pág. 153
Tratándose de la modalidad de suministro del delito contra la salud prevista por el artículo 197 del Código Penal Federal, al no ser aplicables las penas atenuadas a que se refieren las fracciones I, II y III del artículo 194 del propio ordenamiento, resulta intrascendente, para este efecto, que la cantidad de droga materia de la causa sea mínima.
Precedentes
Amparo directo 1394/81. Norberta Guillén Jiménez. 5 mayo de 1981. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Secretario: Alfonso M. Patiño Vallejo.