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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
234693
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Segunda Parte; Pág. 158

SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA, SOBRESEIMIENTO CUANDO SE SEÑALA COMO ACTO RECLAMADO LA.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Segunda Parte; Pág. 158

Precedentes

Amparo directo 4530/80. Leobardo Hernández Rivera. 22 de enero de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F. Secretario: Edmundo Alfaro M. Nota: Reitera tesis de jurisprudencia 21, del Apéndice 1917-1975, Segunda Parte, página 58. En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "SOBRESEIMIENTO, CUANDO CONTRA ACTOS DE LA AUTORIDAD DE PRIMERA INSTANCIA PROCEDE EL.".
Registro digital (IUS): 234693