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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
234702
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Segunda Parte; Pág. 174

VIOLACION Y RAPTO, INCOEXISTENCIA DE LOS DELITOS DE.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Segunda Parte; Pág. 174

Precedentes

Amparo directo 4017/80. Lorenzo Ramírez Cira. 22 de enero de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F. Secretario: Edmundo Alfaro M. Nota: Reitera tesis de jurisprudencia 260, Apéndice 1917-1975, Segunda Parte, página 566. En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "VIOLACION Y RAPTO (COEXISTENCIA DE AMBOS DELITOS).".
Registro digital (IUS): 234702