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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 234725
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Segunda Parte; Pág. 39
CHEQUE SIN FONDOS EXPEDIDO EN DIA INHABIL.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Segunda Parte; Pág. 39
Para los efectos de la configuración del delito previsto en el artículo 193 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, es inexacto que un cheque expedido en un día inhábil tenga el carácter de postfechado, pues la ley no prohibe que documentos como el que se contempla no puedan ser expedidos en un día inhábil y sólo se requiere, para que el delito se configure, la expedición del cheque y su presentación dentro de los quince días naturales siguientes a aquélla y que el documento no sea pagado por falta de fondos para ello.
Precedentes
Amparo directo 6336/79. Jorge Isaac Góngora Sánchez. 7 de julio de 1980. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 101, página 221, bajo el rubro "CHEQUE SIN FONDOS, EL DELITO SE COMETE AUN CUANDO EL DOCUMENTO HAYA SIDO POSTFECHADO O DADO EN GARANTIA. COPARTICIPACION.".